BUZON DE MOCIONES RUEGOS Y PREGUNTAS CIUDADANAS


En la sede electrónica de cualquier Ayuntamiento se encuentra siempre, disponible para los ciudadanos, un buzón de reclamaciones, quejas y sugerencias.

Dado que todos los Ayuntamientos, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la LBRL, tienen la obligación de celebrar plenos ordinarios, de periodicidad preestablecida, se podría crea también un buzón para que los ciudadanos, a través de la sede electrónica de su Ayuntamiento, pudieran presentar mociones, ruegos y preguntas , que los respectivos grupos políticos de la Corporación  recogieran de todo lo que el ciudadano presentara en este buzón.

Sería una buena forma de que la ciudadanía pudiera participar, de forma indirecta y por boca de sus representantes políticos, en los Plenos ordinarios, órgano colegiado de la Corporación donde se adoptan los más importes acuerdos que marcarán la vida de sus ciudadanos.




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